15/07/2025
VERIFACTU: Nuevos Requisitos para los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF)
Esta nueva normativa, impulsada por la Agencia Tributaria (AEAT), introduce cambios en los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), con el objetivo de garantizar una mayor transparencia y control fiscal.
A continuación, analizamos los principales requisitos, plazos de entrega y diferencias clave con la facturación electrónica.
Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF)
Los SIF deberán adaptarse a nuevas exigencias técnicas para cumplir con VERIFACTU, entre las que destacan:
- Generación de un registro de facturación verificable: Cada factura emitida deberá generar un registro electrónico con un código identificador único.
- Remisión automática o periódica de facturas a la AEAT: Los sistemas podrán enviar las facturas en tiempo real o almacenarlas para su posterior entrega a la Agencia Tributaria.
- Integridad e inalterabilidad de los datos: Los SIF deben garantizar que la información contenida en la factura no pueda ser alterada después de su emisión.
- Inclusión de un Hash o código de verificación: Cada documento generado deberá incluir un código que garantice su autenticidad.
- Compatibilidad con los estándares de la AEAT: El software debe cumplir con los formatos establecidos por la administración tributaria, debiendo constar una declaración responsable del fabricante a estos efectos.
Estos requisitos buscan combatir la facturación falsa y reforzar la trazabilidad de las operaciones económicas.
Plazos de implementación de VERIFACTU
El calendario de implantación de VERIFACTU está marcado por diferentes fases que afectan tanto a los contribuyentes como a los desarrolladores de software de facturación:
- 2024: Se publicó la normativa técnica definitiva y las especificaciones que deberán cumplir los SIF.
- 2025: Periodo para que las empresas desarrolladoras de software adapten sus productos a la normativa. El plazo es hasta el 29 de julio de 2025. fecha a partir de la cual las compañías de software solo podrán ofrecer programas de facturación adaptados a esta normativa.
- 2026: Entrada en vigor obligatoria para todos los sujetos pasivos que deban emitir facturas.
- 1/1/2026: Todas las personas jurídicas que utilicen un SIF (sistema informático de facturación) deberán hacer uso de uno que esté adaptado a la normativa antifraude.
- 1/7/2026. Todas las personas físicas que desarrollen actividades económicas y utilicen un SIF (sistema informático de facturación) deberán hacer uso de uno que esté adaptado a la normativa antifraude.
Es decir, aquellas empresas o autónomos que no hagan uso de sistemas informáticos de facturación para emitir sus facturas, no estarán obligadas. Por ejemplo, porque emitan facturas a través de medios manuales como talonarios de facturas, o empleen un sistema que no tenga la consideración de SIF como, por ejemplo, microsoft word.
Es recomendable que las empresas o autónomos que sí empleen SIF para emitir sus facturas, comiencen desde ya la transición hacia sistemas compatibles con VERIFACTU para evitar problemas en el futuro.
A tal fin, la propia AEAT facilitará una aplicación de facturación gratuita.
¿Cómo funcionará VERIFACTU?
El sistema VERIFACTU está diseñado para mejorar la comunicación entre empresas y la Agencia Tributaria mediante la transmisión de información en tiempo real.
Su funcionamiento se puede resumir en los siguientes pasos:
- Generación de la factura en el SIF con los datos obligatorios y el código de identificación.
- Registro automático del documento en el sistema interno con un Hash que garantiza su inalterabilidad.
- Remisión opcional o automática a la AEAT, permitiendo una fiscalización más rápida y efectiva.
- Recepción y validación de la factura por parte de la AEAT, que almacenará la información y la utilizará para el control tributario.
El envío de la factura a la AEAT podrá ser automático e inmediato, o posterior a petición de la AEAT.